Si has decidido prepararte unas oposiciones de Guardia Civil o de Policía Nacional o ya las estás estudiando, es posible que, si tienes algún tatuaje, te hayas planteado alguna vez ésta pregunta.
¿Será motivo de exclusión si tengo un tatuaje?
Para responderte, tendremos que valorar varios puntos:
De acuerdo con la Ley Orgánica 2/1986, Fuerzas y Cuerpos de Seguridad (FCS) son un conjunto de organismos de seguridad que las Administraciones Públicas disponen para el mantenimiento de la seguridad pública. En el artículo 2 de dicha Ley, las FCS se componen de:
-FCS dependiente del Gobierno de la nación (Guardia Civil o Policía Nacional)
-Los Cuerpos de Policía dependientes de las Comunidades Autónomas (Erzaintza o Mossos de Escuadra)
-Los Cuerpos de Policía dependientes de las Corporaciones Locales (Policía Local)
Un tatuaje, sea o no visible, no supone un motivo de exclusión para entrar en el Cuerpo (salvo para Guardia Civil ya que no pueden ser visibles portando el uniforme reglamentario). Ya hay personas que obtienen plaza y que tienen todo tipo de tatuajes. El aspecto clave es la explicación que se dé en la entrevista sobre el mismo.
En la entrevista te van a preguntar sobre el tatuaje. Por lo tanto, los aspectos más relevantes son las explicaciones y los motivos que llevaron al candidato a hacérselo (por ejemplo, cuál es su significado, por qué te lo hiciste o qué relevancia tiene para ti).
Sabiendo esto, lo ideal es llevar las respuestas preparadas a estas preguntas y cualquier otra relacionada con aspectos de tu vida. Por eso, para la preparación de las oposiciones de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad es muy importante el entrenamiento para la entrevista.
¡Mucho ánimo!