Esta Dirección General ha convocado diversas pruebas selectivas para el ingreso por turno libre y por promoción interna a Cuerpos, Escalas y Especialidades de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias.
El desarrollo de dichos procesos selectivos exige el cumplimiento de determinados plazos conforme a lo establecido en el artículo 71.1.g) de la Ley 2/1987, de 30 de abril , de la Función Pública Canaria. A la vista de las dificultades que entraña el cumplimiento de los referidos plazos durante el mes de agosto, esta Dirección General, de conformidad con las competencias atribuidas en el artículo 68 del Reglamento Orgánico de la Consejería de Presidencia, Justicia e Igualdad, aprobado por Decreto 382/2015, de 28 de diciembre
R E S U E L V E:
Declarar inhábil el mes de agosto de 2018 a efectos del cómputo de los plazos en las convocatorias de las pruebas selectivas relacionadas en el anexo a la presente Resolución.
Toda la información en el siguiente enlace:
COMUNICADO DE DECLARACIÓN DE AGOSTO MES INHABIL boc-a-2018-117-2891
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Buenos días,
Tengo una pequeña duda con la declaración de agosto como mes inhábil. El periodo entre exámenes una vez comenzado el proceso selectivo es entre 72 horas y 45 días naturales, entonces como agosto es inhábil ¿paraliza el cómputo del plazo para convocar el siguiente examen?
En este caso, ya se ha hecho el primer examen y los 45 días naturales acabarían el día 4 de septiembre, y puesto que los días naturales, normalmente, incluyen a los días inhábiles. Yo pienso que el plazo no se va a ver afectado pero como ya estamos a 23 de agosto y aun no se ha convocado el 2º examen, pues me da que pensar, es más, me alegraría que se paralizase el cómputo de plazos.
Gracias y un saludo
Buenas, Oscar.
Según cálculos, al declarar inhábil agosto, el examen se espera a partir de octubre 2018.
Toda la demás información, desde que la tengamos, la publicaremos.
Saludos
Opovictor