¿Cómo hago mi inscripción y pago telemáticamente?
- IMPORTANTE SOBRE LA PRESENTACIÓN DE INSTANCIAS:
El pago de la correspondiente tasa y la presentación de la instancia y se realizarán por vía electrónica, a través del servicio de Inscripción en Procesos – Pruebas Selectivas del punto de acceso general, http://administración.gob.es/PAG/ips, al que se puede acceder directamente o a través del portal web del Ministerio de Justicia, www.mjusticia.gob.es (Ciudadanos-Empleo público) de acuerdo con las instrucciones que se indican.
Los aspirantes que, de acuerdo con lo dispuesto en la base novena de la Orden JUS/875/2017, de 8 de septiembre (BOE de 15 de septiembre), por la que se establecen las bases comunes, estén exentos del pago de la tasa o tengan derecho a la reducción de ésta, deberán acompañar a la solicitud la documentación acreditativa del derecho a la exención o reducción.
Cuando el aspirante no sea titular de una cuenta bancaria en alguna de las entidades financieras que permiten el pago telemático de tasas administrativas, cuya relación podrá consultarse en la sede electrónica del Ministerio de Justicia o de la Agencia Tributaria (https://www5.aeat.es/es13/h/pago007h.html), podrá realizar la presentación en soporte papel en el Registro General del Ministerio de Justicia, C/ Bolsa n.º 8, 28071 Madrid, o en los registros de las Delegaciones y Subdelegaciones del Gobierno de la Administración General del Estado, así como en cualquiera de los órganos previstos en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Excepcionalmente también se podrá utilizar esta vía cuando resulte imposible la inscripción electrónica por razones técnicas.
En este caso la solicitud se dirigirá a la Unidad EA0010560-Procesos Selectivos Administración de Justicia Oficina O00011588-Medios Personales. Procesos Selectivos Justicia y se deberá adjuntar a la solicitud la declaración que se contiene en el anexo IV de la presente convocatoria o, en su caso, acreditar documentalmente la incidencia técnica producida.
ANEXO III. Instrucciones para la cumplimentación de la solicitud de admisión.
Estas instrucciones serán completadas y actualizadas por las que figuren en las páginas web indicadas en la convocatoria. Léalas atentamente.
MUY IMPORTANTE. EL IMPRESO SE CUMPLIMENTA Y DESCARGA GRATUITAMENTE EN LA PÁGINA WEB QUE SE INDICA EN LA CONVOCATORIA Y CONTIENE UNA NUMERACIÓN. NO LO CUMPLIMENTE NI MODIFIQUE A MANO NI UTILICE FOTOCOPIAS, PORQUE NO PODRÁN SER ADMITIDAS
Acceso
El impreso es el modelo 790- Código 007 en cuya parte superior figura «solicitud de admisión a pruebas selectivas de la Administración de Justicia y liquidación de la tasa de derechos de examen» que estará disponible en el punto de acceso general (www. administracion.gob.es) o a través del portal web del Ministerio de Justicia, www.mjusticia. gob.es, dentro de la pestaña «Ciudadanos», sección «Empleo Público», cuerpo Gestión Procesal.
El aspirante que solicita presentarse al proceso selectivo deberá disponer de un certificado digital válido de persona física (más información: http://firmaelectronica.gob.es y en https://www.dnielectronico.es/).
Solicitud
– Casilla 15. Indique el Cuerpo (y el Código: revisar) que se recoge en la convocatoria.
– Casilla 18. Forma de acceso. Deberá constar «L» para indicar acceso libre.
– Casilla 20. Indique provincia (y código), en que desea realizar el examen de entre las que se especifican en la Orden de
Convocatoria:
Andalucía.
Sevilla (41).
Canarias.
Las Palmas (35).
Tenerife (38).
Madrid.
Madrid (28).
Comunidad Valenciana.
Valencia (46).
Navarra.
Navarra-Pamplona (31).
País Vasco.
Álava-Vitoria/Vizcaya-Bilbao (97).
Ámbito de gestión del Ministerio Justicia.
Albacete (02).
Cáceres (10).
Ceuta (51).
Madrid-Órganos Centrales (98).
Melilla (52).
Murcia (30).
Illes Baleares-Palma de Mallorca (07).
Valladolid (47).
Los aspirantes que opten por el ámbito territorial de la Comunidad de Madrid indicarán el código 28 mientras los que opten por el ámbito competencial del Ministerio de Justicia pero quieran ser examinados en Madrid indicarán el código 98 Madrid-Órganos Centrales.
– Casillas 21 a 23. Para el caso de aspirantes con discapacidad:
- Los aspirantes con discapacidad harán constar en el recuadro 21 el grado de discapacidad que tengan reconocido y la Comunidad Autónoma que la acredita.
- Los aspirantes con grado de discapacidad igual o superior al 33 por ciento que opten por las plazas del cupo de reserva para personas con discapacidad que se indican en la base 1.2 deberán hacerlo constar marcando el valor «SI» en el recuadro 22 «Reserva discapacidad.»
- En el recuadro 23 «Adaptación que solicita en caso de discapacidad» expresarán, en su caso, las adaptaciones de tiempo y medios que puedan requerir, a fin de que el Tribunal cuente con la necesaria información para la adaptación de la realización de los ejercicios. Se deberá aportar además, un dictamen técnico facultativo actualizado acerca de la procedencia de la adaptación solicitada, emitido por el órgano técnico de valoración que determinó el grado de discapacidad, en el que conste expresamente la adaptación que corresponde al interesado en cada uno de los ejercicios según sus circunstancias personales.
– Casilla 25. «Datos a consignar según las bases de la convocatoria».
Quienes deseen realizar las pruebas optativas de lengua autonómica y Derecho foral indicarán en la casilla correspondiente la palabra «Realiza», quienes deseen acreditar documentalmente sus conocimientos indicarán «Documenta» y quienes se acojan a ambos sistemas, en los términos de la convocatoria, «Documenta y realiza».
– En caso de presentación en papel no olvide firmar el impreso en el recuadro correspondiente.
Pago y presentación
– Una vez cumplimentada la solicitud se procederá al pago y registro electrónicos, según las instrucciones que se indican. En caso de que no se pueda realizar el pago por no disponer de cuenta en cualquiera de las entidades colaboradoras adheridas a la pasarela de pago de la Agencia Tributaria o por razones técnicas, se podrá realizar la presentación y pago en papel conforme a lo establecido en la base novena de las bases comunes, debiendo cumplimentarse el anexo IV y acreditar la incidencia técnica.
– Como resultado se podrá descargar un documento con los comprobantes del pago y del registro de la solicitud, firmado electrónicamente, que servirá de justificante de haberlo realizado correctamente.
– La constancia del correcto pago de la tasa estará avalada por el Número de Referencia Completo (NRC) emitido por la AEAT que figurará en el justificante de registro.
Presentación y pago electrónicos:
– Deberá disponer de un certificado electrónico, acceder al portal web del Ministerio de Justicia, www.mjusticia.gob.es, dentro de la pestaña «Ciudadanos», sección «Empleo Público», cuerpo Médicos Forenses y seguir las instrucciones previstas.
– Mediante esta opción se realizarán electrónicamente los trámites de cumplimentación del formulario, pago y presentación en el Registro Electrónico del Ministerio de Justicia.
– Como resultado se podrá descargar un documento con los comprobantes del pago y del registro de la solicitud, firmado electrónicamente, que servirá de justificante de haberlo realizado correctamente.
– La persona que solicita presentarse al proceso selectivo será quien deba realizar el pago y el registro de su solicitud.
Presentación y pago presencial:
– Deberá tener habilitada la ejecución de javascript en su navegador.
– Mediante esta opción se realizará electrónicamente el trámite de cumplimentación del formulario.
– Como resultado se podrán imprimir los tres ejemplares del formulario: «ejemplar para el interesado» «ejemplar para la Administración» y «ejemplar para la entidad colaboradora».
– Presente los tres ejemplares de esta solicitud en cualquiera de las entidades bancarias que actúan como entidades colaboradoras de la recaudación tributaria. (No es preciso tener cuenta abierta).
– La entidad colaboradora le deberá devolver, debidamente sellados, el «ejemplar para el interesado», que servirá como justificante de pago y el «ejemplar para la Administración».
– El «ejemplar para la Administración» de esta solicitud deberá entregarse en alguno de los registros indicados en la convocatoria, que devolverán sellado o, en su caso, también sellarán el «ejemplar para el interesado». Este sello del Registro servirá como justificante de la presentación.
– Las solicitudes presentadas en el extranjero podrán cursarse a través de las representaciones diplomáticas o consulares correspondientes. A las mismas se acompañará el justificante bancario de haber ingresado los derechos de examen en la cuenta que figure en la convocatoria.
Exención o reducción de tasa
– Las personas que deseen acogerse a la exención o reducción de la tasa y deban presentar la documentación acreditativa que se indica en la base 5.4 de esta convocatoria, podrán autorizar al órgano gestor para que pueda verificar esta condición mediante el acceso a la Plataforma de Intermediación de Datos de las Administraciones Públicas ofrecido a través del servicio Inscripción en Pruebas Selectivas, respecto a los siguientes documentos:
- Los acreditativos de grado de discapacidad igual o superior al 33 por ciento cuando la condición de discapacidad haya sido reconocida en alguna de las Comunidades Autónomas que figuran en la dirección http://administracion.gob.es/PAG/PID.
- La certificación relativa a la condición de demandante de empleo y situación de estar percibiendo una prestación por desempleo.
- La aportación del título de familia numerosa cuando el mismo haya sido obtenido en alguna de las Comunidades Autónomas que figuran en la dirección http://administracion. gob.es/PAG/PID.
– En caso de no prestar el consentimiento al órgano gestor se deberá hacer constar en la casilla que aparece a tal efecto en la solicitud y se presentarán los documentos acreditativos con la solicitud.
– Asimismo, los demás documentos que se indican en la base 5 deberán aportarse en todo caso junto con la solicitud.
– La falta de justificación del abono de los derechos de examen o de encontrarse exento determinará la exclusión del aspirante. En ningún caso, la presentación y pago de la tasa de los derechos de examen supondrá la sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma, de la solicitud.
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