CRITERIOS DE CORRECCIÓN, VALORACIÓN Y SUPERACIÓN DEL PRIMER EJERCICIO DE LA FASE DE OPOSICIÓN

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El primer ejercicio consta de dos partes, la primera parte consistirá en contestar por escrito un cuestionario de un máximo de 60 preguntas y la segunda será un cuestionario de un máximo de 30 preguntas, pudiendo preverse 5 preguntas adicionales de reserva en cada una de las partes. Cada pregunta tendrá cuatro posibles respuestas, siendo sólo una de ellas correcta.

2. La puntuación directa de cada una de las dos partes del ejercicio se calcula conforme a la fórmula siguiente (siendo «A» el número de aciertos y «E» el de errores): A – [E/ 3]. Es decir, cada pregunta tiene el valor de un punto si se contesta correctamente, las respuestas erróneas penalizan 1/3. Los aspirantes deberán señalar en la hoja de examen las opciones de respuesta que estimen válidas de acuerdo con las instrucciones que se faciliten.

3. La CPS, en el ámbito de las competencias que tiene atribuidas para el eficaz desarrollo y administración del proceso selectivo, establece que serán considerados aptos del ejercicio los opositores que hubiesen obtenido las mejores puntuaciones directas hasta completar el número total de 2025 opositores para el sistema general y 204 opositores para la base específica 5 (criterio 1), siempre y cuando su puntuación directa alcanzada sea igual o superior al 30% de la puntuación directa máxima obtenible en cada una de las partes del ejercicio (criterio 2). Mediante la aplicación de los dos criterios anteriores, la CPS establecerá las notas de corte del ejercicio Todos los opositores con idéntica puntuación a aquél aprobado con las notas de corte se considerarán igualmente aprobados, aunque se supere entonces el nº de opositores indicado en el criterio 1. No obstante, y únicamente en el caso de no poder completar el nº de aprobados indicados en el criterio 1 se determinará que la nota de corte sea igual al 30% de la puntuación directa máxima obtenible para cada una de las partes del ejercicio sin más requisitos, y todo aquél que supere o iguale dicha nota será considerado apto en el primer ejercicio en la fase de oposición.

4. A efectos de publicación de las notas, se llevará la nota directa de cada parte del ejercicio – calculada como se ha explicado en los apartados anteriores – a una escala de 0 a 50 puntos, calificándose hasta 35 puntos la primera parte y hasta 15 puntos la segunda. Los opositores que tengan como puntuación directa la puntuación máxima obtenible equivaldrá a 50 puntos de calificación, a los opositores que aprueben con la nota de corte equivaldrá a una calificación de 25 puntos y el resto de aprobados tendrá una calificación distribuida entre 25 y 50 proporcional a su puntuación directa. La calificación final publicada será la suma de las dos partes del ejercicio según la escala explicada en este apartado. Todo ello sin perjuicio de lo establecido en la Base específica 5.5 de la Resolución de 25 de enero de 2018, de la Secretaría de Estado de Función Pública por la que se convocan procesos selectivos para ingreso o acceso a Cuerpos de la Administración General del Estado, y se encarga su realización a la Comisión Permanente de Selección

Conoce la publicación oficial en el siguiente enlace:

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1. El primer ejercicio consta de dos partes, la primera consistirá en contestar por escrito un cuestionario de un máximo de 60 preguntas y la segunda consistirá de un supuesto práctico de máximo 20 preguntas, pudiendo preverse 5 preguntas adicionales de reserva en cada una de las partes que serán valoradas en el caso de que se anule alguna de las anteriores. Cada pregunta tendrá cuatro posibles respuestas, siendo sólo una de ellas correcta.

2. La puntuación directa de cada una de las dos partes del ejercicio se calcula conforme a la fórmula siguiente (siendo «A» el número de aciertos y «E» el de errores): A – [E/ 3]. Es decir, cada pregunta tiene el valor de un punto si se contesta correctamente, las respuestas erróneas penalizan 1/3. Los aspirantes deberán señalar en la hoja de examen las opciones de respuesta que estimen válidas de acuerdo con las instrucciones que se faciliten.

3. La CPS, en el ámbito de las competencias que tiene atribuidas para el eficaz desarrollo y administración del proceso selectivo, establece que serán considerados aptos los opositores que hubiesen obtenido las mejores puntuaciones directas hasta completar el número total de 2.852 opositores para el sistema general y 260 opositores para la base específica 5 (criterio 1), siempre y cuando su puntuación directa alcanzada sea igual o superior al 30% de la puntuación directa máxima obtenible en cada una de las partes del ejercicio (criterio 2). Mediante la aplicación de los dos criterios anteriores, la CPS establecerá las notas de corte del primer ejercicio. Todos los opositores con idéntica puntuación a aquél aprobado con las notas de corte se considerarán igualmente aprobados, aunque se supere entonces el nº de opositores indicado en el criterio 1. No obstante, y únicamente en el caso de no poder completar el nº de aprobados indicados en el criterio 1 se determinará que la nota de corte sea igual al 30% de la puntuación directa máxima obtenible para cada una de las partes del ejercicio sin más requisitos, y todo aquél que supere o iguale dicha nota será considerado apto en el primer ejercicio en la fase de oposición.

4. A efectos de publicación de las notas, se llevará la nota directa de cada parte del ejercicio – calculada como se ha explicado en los apartados anteriores – a una escala de 0 a 50 puntos. Los opositores que tengan como puntuación directa la puntuación máxima obtenible equivaldrá a 50 puntos de calificación, a los opositores que aprueben con la nota de corte equivaldrá a una calificación de 25 puntos y el resto de aprobados tendrá una calificación distribuida entre 25 y 50 proporcional a su puntuación directa. La calificación final publicada para la fase de oposición será la suma de las dos partes del ejercicio según la escala explicada en este apartado. MINISTERIO DE HACIENDA Y ADMINISTRACIONES PÚBLICAS INSTITUTO NACIONAL DE ADMINISTRACIÓN PÚBLICA Todo ello sin perjuicio de lo establecido en la Base específica 5.5 de la Resolución de 25 de enero de 2018, de la Secretaría de Estado de Función Pública por la que se convocan procesos selectivos para ingreso o acceso a Cuerpos de la Administración General del Estado, y se encarga su realización a la Comisión Permanente de Selección.

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