La reforma de la Ley de Enjuiciamiento Criminal entra en vigor el día 7 de diciembre de 2015, tras su publicación en el BOE. hace dos meses.

Entre las novedades más importantes están:

  • En relación a la instrucción judicial se establece un periodo ordinario de 6 meses para la instrucción de causas sencillas y 18 para las más complejas. Estás últimas se pueden prorrogar hasta un máximo de 36 meses.
  • Se suprime la calificación de imputado por la de investigado en las primeras actuaciones de la fase de instrucción y encausado cuando se deduzcan indicios suficientes de la comisión del delito.
  • Se introduce un artículo sobre la protección de la imagen, el honor y la intimidad de los detenidos en el momento del arresto .
  • Se posibilita que las grandes causas se puedan dividir en base a la regla de conexidad. La finalidad es que no se alargue en exceso la fase de instrucción.
  • Se regula la intervención de las comunicaciones telefónicas y telemáticas, los SMS, el correo electrónico y los Whasap, siempre con autorización judicial.
  • Se regula la figura del Agente encubierto en internet.
  • Los atestado sin autor conocido no dará lugar a la apertura de un procedimiento judicial.
  • Se crea una segunda instancia en los Tribunales Superiores de Justicia para conocer de los recursos interpuestos contra resoluciones de las Audiencias Provinciales.
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