El Boletín Oficial del Estado ha publicado el Real Decreto 255/2025, que introduce cambios clave en la regulación del Documento Nacional de Identidad (DNI). Estas modificaciones afectan tanto a la versión física como a la digital del documento, con el objetivo de reforzar la seguridad y facilitar su uso en el sector público y privado.
Principales Cambios en el DNI en 2025
1. Nuevo Marco de Seguridad y Digitalización
El Real Decreto 255/2025 se adapta a las exigencias del Reglamento (UE) 2019/1157, con medidas como:
- Mayor seguridad en el almacenamiento de datos personales.
- Integración de un chip de alta seguridad con datos biométricos.
- Firma electrónica cualificada para garantizar autenticidad y validez legal.
- Creación de una versión digital del DNI, accesible desde dispositivos móviles.
2. Obligatoriedad y Exhibición
Según el artículo 9 y 16 de la Ley Orgánica 4/2015, todas las personas que posean el DNI están obligadas a:
- Portarlo y exhibirlo cuando sean requeridos por la autoridad.
- Permitir la verificación de sus medidas de seguridad.
- Renovarlo dentro del plazo establecido.
3. Renovación y Validez del DNI
Los nuevos periodos de validez del DNI según la edad del titular son:
- 2 años: menores de 5 años.
- 5 años: entre 5 y 30 años.
- 10 años: entre 30 y 70 años.
- Validez indefinida: para mayores de 70 años.
Para su renovación, sigue siendo obligatorio:
- Presentar una fotografía actualizada.
- En caso de pérdida o robo, presentar la denuncia correspondiente.
- Abonar la tasa establecida, salvo en casos de exención.