El Boletín Oficial del Estado ha publicado el Real Decreto 255/2025, que introduce cambios clave en la regulación del Documento Nacional de Identidad (DNI). Estas modificaciones afectan tanto a la versión física como a la digital del documento, con el objetivo de reforzar la seguridad y facilitar su uso en el sector público y privado.

Principales Cambios en el DNI en 2025

1. Nuevo Marco de Seguridad y Digitalización

El Real Decreto 255/2025 se adapta a las exigencias del Reglamento (UE) 2019/1157, con medidas como:

  • Mayor seguridad en el almacenamiento de datos personales.
  • Integración de un chip de alta seguridad con datos biométricos.
  • Firma electrónica cualificada para garantizar autenticidad y validez legal.
  • Creación de una versión digital del DNI, accesible desde dispositivos móviles.

2. Obligatoriedad y Exhibición

Según el artículo 9 y 16 de la Ley Orgánica 4/2015, todas las personas que posean el DNI están obligadas a:

  • Portarlo y exhibirlo cuando sean requeridos por la autoridad.
  • Permitir la verificación de sus medidas de seguridad.
  • Renovarlo dentro del plazo establecido.

3. Renovación y Validez del DNI

Los nuevos periodos de validez del DNI según la edad del titular son:

  • 2 años: menores de 5 años.
  • 5 años: entre 5 y 30 años.
  • 10 años: entre 30 y 70 años.
  • Validez indefinida: para mayores de 70 años.

Para su renovación, sigue siendo obligatorio:

  • Presentar una fotografía actualizada.
  • En caso de pérdida o robo, presentar la denuncia correspondiente.
  • Abonar la tasa establecida, salvo en casos de exención.
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