A continuación se os facilitan varios modelos para subsanar los siguientes defectos:
(B) Ausencia de firma en la instancia, o no cumplimentar datos personales esenciales de la instancia.
(F) No presentar certificado del servicio público de empleo estatal en los términos de las bases comunes de las convocatorias.
(G) No presentar declaración jurada o promesa de carecer de rentas mensuales superiores al salario mínimo interprofesional o presentarla no acorde con las bases comunes de las convocatorias.
(L) No tener el título exigido, no especificarlo o no ser equivalente.
También aparece, al final, un modelo para los que estén ADMITIDOS PERO CON ERRORES en algún dato (DNI, apellidos, etc.)
Recordad que según dispone la propia página web del Ministerio de Justicia, el plazo de diez días hábiles, para subsanación de defectos, Quienes no subsanen la exclusión o aleguen la omisión, justificando su derecho a ser admitidos, serán definitivamente excluidos y no podrán participar en el proceso selectivo.
Tenéis que comprobar no sólo que no figuráis en la relación de excluidos, sino, además, que vuestros nombres, DNI, ámbito de presentación y demás datos constan correctamente reflejados en la relación de admitidos. Si hubiera algún dato esencial erróneo conviene presentar también una instancia para que lo corrijan adecuadamente y aparezca ya corregido en la lista definitiva de admitidos evitando así problemas posteriores.
A partir de estos modelos básicos se pueden construir fácilmente otros para las restantes causas de exclusión o para varias de ellas.
Una vez cubierto el modelo de instancia con vuestros datos concretos, tenéis que imprimir dos copias. Una de ellas, debidamente firmada será la que hay que presentar en el Registro administrativo para su remisión a la Secretaría de Estado de Justicia, acompañada, en su caso, del resto de la documentación que corresponda (compulsada o no, según los casos). La otra copia servirá para que os la sellen en el registro como justificante de haber solicitado la subsanación en plazo.
Si con la solicitud aportáis alguna fotocopia (por ejemplo, del DNI si el número que figura en la lista está equivocado, o no pusisteis la fecha de nacimiento en la solicitud) no os olvidéis de llevar al registro el documento original (en este caso vuestro DNI) para que puedan compulsarlo.
Sustituir las XX con la siguiente información según el caso:
Cuerpo de Auxilio judicial Orden JUS/2681/2015, de 1 de diciembre (BOE de 15 de diembre de 2015)
Cuerpo de Tramitación procesal y administrativa Orden JUS/2684/2015, de 1 de diciembre (BOE de 15 de diembre de 2015)